Si eres autónomo pronto podrás desgravarte hasta 12 euros diarios por comida.

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Si eres autónomo pronto podrás desgravarte hasta 12 euros diarios por comida.

Los grupos ultiman la ley de medidas urgentes para el colectivo para que esté lista a finales de junio.

Estarán cubiertos por accidentes 'in itinere' y cotizarán por formación.

La Ley de medidas urgentes del trabajo autónomo quedó el miércoles prácticamente cerrada en la ponencia del Congreso de los Diputados donde se ha negociado. Esta norma incluye una decena larga de novedades para el funcionamiento de los más de tres millones de autónomos dados de alta en la Seguridad Social. El Partido Popular, Ciudadanos, Esquerra Republicana y el PDeCAT prevén sacar ya adelante la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo que mañana podría ser enviada directamente al Senado, para que pudiera entrar en vigor desde finales de junio o principios de julio.

La medida más novedosa es que los autónomos con empleados a su cargo y cumplida la edad legal de jubilación podrán compatibilizar el cobro del 100% de su pensión con el mantenimiento de su actividad. El resto de autónomos seguirá con el 50%. En la actualidad, la ley permite a todos los trabajadores que cobren el 50% de la pensión a la que tienen derecho cuando se jubilan y, al tiempo sigan trabajando ya sea como autónomos o como asalariados. Hasta ahora, el 85% de los trabajadores que optaban por esta compatibilidad eran autónomos.

Finalmente, la norma permitirá que los autónomos puedan deducirse en el IRPF "los gastos de manutención afectos a la actividad por un importe máximo de 12 euros diarios". Si bien se les exigirá que este importe "se realice en soporte telemático y pueda ser comprobado de forma fehaciente a través de factura o sistemas indirectos de pago que tengan esta finalidad específica". Además, este gasto deberá producirse en días laborables y exclusivamente en establecimientos de restauración y hostelería.

Los negociadores de esta ley ultimaban en estos momentos la posibilidad de incluir también en esta ley la compatibilidad del 100% de las pensiones con el mantenimiento de un empleo por cuenta propia. En la actualidad esto es posible con el 50% de la pensión para todos los trabajadores, asalariados y autónomos. Si bien el 85% de quienes se acogen ahora a esta medida son autónomos. 

Respecto a la nueva cotización de los autónomos por formación, esta se fijará anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, previo debate en el diálogo social con las asociaciones más representativas de los autónomos. Esta nueva cuota permitirá a los autónomos beneficiarse de cursos formativos subvencionados, tal y como lo prevé la ley que reformó el sistema de formación para el empleo.

Otro de los últimos capítulos de esta ley en cerrarse ha sido el relacionado con la representatividad de este colectivo de trabajadores. La futura ley reconocerá finalmente la "utilidad pública" de las asociaciones más representativas, como ya se otorga a los sindicatos y organizaciones patronales. Y se reconocerán también las organizaciones de autónomos autonómicas más representativas en sus ámbitos, algo por lo que ha luchado especialmente ERC.

En este sentido, la ley también dará un año para la reglamentación de la participación de los autónomos en el Consejo Económico y Social (CES).E igualmente, un año para la creación del Consejo del Trabajo Autónomo.

Otras medidas ya cerradas

Los grupos ya habían cerrado con anterioridad otras medidas como la ampliación de seis meses a un año el tiempo de cobro de la tarifa plana de cotización por contingencias comunes de 50 euros mensuales. Además, se reduce de cinco a dos años, el periodo que se exige haber estado sin cotizar al Régimen especial de trabajadores autónomos (RETA) para poder beneficiarse de esta tarifa plana. Este periodo de baja exigido será de tres años en el caso de que el trabajador autónomo hubiera disfrutado ya de esta tarifa plana en su anterior periodo de alta en el RETA.

La base mínima de cotización de los autónomos societarios (con al menos diez asalariados) se determinará cada año en la Ley de Presupuesto, dejando así de estar ligada a la base mínima del régimen genera.

Asimismo, la Tesorería de la Seguridad Social pasará a devolver de oficio antes del 1 de mayo, el exceso de cotizaciones ingresadas por los trabajadores dados de alta también en algún Régimen por cuenta ajena.

La ley modificará el reglamento de inscripción en la Seguridad Social, permitiendo que el autónomo se dé de alta "hasta 3 veces" dentro de cada año natural, desde el día en el que el trabajador reúna los requisitos para incorporarse al sistema, "siempre que el alta se solicite en los términos establecidos reglamentariamente". Igualmente, se permitirán hasta tres bajas en cada año natural, cuyos efectos coincidirán también con el día real en el que el trabajador comunique que ha cesado su actividad.

La futura normativa permitirá a los autónomos cambiar su base de cotización hasta cuatro veces al año, frente a las dos actuales. Bonificaciones. Se permitirá que los autónomos disfruten de las bonificaciones por la contratación de empleo indefinido cuando contraten a familiares por consanguinidad o afinidad hasta segundo grado de consanguinidad o de quienes tengan el control empresarial o tengan cargos directivos, siempre que cumplan algunos requisitos. En concreto, que el trabajador autónomo no haya despedido de forma improcedente durante los 12 meses anteriores al contrato bonificado. Tampoco podrá extinguir por las mismas causas un contrato de trabajo en los seis meses posteriores a la celebración del contrato bonificado.

La ley modificará el Estatuto del Trabajo Autónomo para incorporar bonificaciones a las autónomas que se reincorporen al trabajo después de la maternidad, adopción, acogimiento y tutela. Las mujeres que vuelvan a realizar una actividad por cuenta propia en los dos años siguientes a la fecha de cese por uno de estos motivos, podrán acogerse a la tarifa plana de 50 euros durante los 12 meses siguientes a la fecha de su reincorporación al trabajo, siempre que opten por cotizar por base mínima.

AV Agentes Comerciales